martes, 19 de enero de 2010

Fijado el tipo de interés de demora comercial para el primer trimestre

La Ley 3/2004 sobre medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales establece legalmente el cobro de intereses de demora comercial en las operaciones que intervengan empresas o la administración pública. En este texto legal se establece la posibilidad de repercutir intereses de demora cuando se excedan los plazos de cobro marcados en el acuerdo comercial o bien, a falta de fijación de plazos, los siguientes supuestos de pago:

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Fuente: www.pymesyautonomos.com
Visita: www.morosos-impago.com

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